SERVICIOS DE TRANSPORTE 

Nuestra misión consiste en brindar una escala de soluciones tendiente a proveer un movimiento seguro, conveniente, económico y sustentable de materias primas, recursos de la producción y productos finales, que resulte de suma funcionalidad a los diversos sectores de la economía nacional.

MASIVA O GRANEL >

Comprende el transporte de bienes homogéneos que, sin necesidad de pasar por el depósito del Transporte, tiene uno a varios destinos y se encuentra respaldado por uno o más documentos contractuales, en la categoría TCMG según inc.a, art.14 del Decreto 1035/02.

EQUIPOS ESCALADOS >

Comprende a los equipos de transporte con una determinada configuración de ejes, que permite incrementar la capacidad de carga transportable en la bodega de la unidad.

Esta renovación mejora el factor de ocupación en determinadas operaciones suceptibles de programación técnica previa, elevando la productividad mas de un 20% en la configuración de ejes Nro.24, según art.27 del Decreto 32/18.

FRACCIONADA >

Comprende el traslado de bienes compatibles que puedan ser consolidados en la misma bodega, acopiados en uno o varios dadores de carga, con uno o mas destinos y con entregas completas o fraccionadas, en la categoría TCF según inc.c, art.14 del Decreto 1035/02.

TRÁFICOS ESPECIALES >

Comprende actividades que por sus características técnicas requieren normas específicas de regulación, como es el caso de transporte de cargas indivisibles de gran tamaño, equipos navales o petroleros, operado con permiso de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) en tanto no sobrepase, en el caso de los semirremolques, los 4,3mts de altura, 2mts de saliente trasera y cuyo sobreancho no supere el 30% de la medida convencional. Si la carga indivisible supera estas limitaciones, deberá ser transportada en carretones viales, en la categoría TTE según inc.e, art.14 del Decreto 1035/02.

CARGAS PELIGROSAS >

Comprende el traslado de sustancias o mercancías consideradas peligrosas por la normativa vigente que, sin necesidad de pasar por el depósito del Transporte, tiene uno o varios destinos, que se encuentra amparado por uno o varios documentos respaldatorios, en la categoría TCPg según inc.b, art.14 del Decreto 1035/02.

Es operado por Conductores habilitados para el transporte interjurisdiccional de mercancías peligrosas, según Resolución 110/97.

SUSTANCIAS ALIMENTICIAS >

Comprende el transporte de sustancias alimenticias, productos, subproductos y derivados de origen animal con habilitación del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), en la categoría E según Decreto 4238/68.

Es operado por conductores con Carnet de manipulador de Alimentos según Res. Conjunta 12/2019.

Existen otras actividades ligadas con el transporte de mercaderías que pueden ser encaradas como un complemento de la operación principal, por ejemplo la disponibilidad en sitios para el quiebre de carga en terminales, depósito o almacenes, manejo de inventarios y demás, que están íntimamente ligadas a la circulación de las mercaderías y al desarrollo de la actividad logística, como así también la manipulación de cargas, labor que comprende los servicios de estiba y desestiba en los puertos, terminales, depósitos o almacenes, cuyas actividades se encuentran distribuidas en otros muchos sectores que efectúan esos servicios como parte del conjunto de operaciones relacionadas con el Transporte ■